miércoles, 6 de mayo de 2009

CHEQUE

Es un titulo valor por medio del cual una persona llamada girador que pague una determinada suma de dinero y la orden de u tercero llamado beneficio.
  • El cheque sólo puede ser expedido cuando se reúnan los requisitos siguientes:
    La calidad del librado de ser una institución de crédito la cual celebrara un contrato con el librador: Los bancos reciben de sus clientes dinero que se obligan a devolver a la vista, cuando el cliente lo requiera. Para documentar las órdenes de pago de los clientes se utilizan los cheques.

  • Por el contrato de cheque, en consecuencia, el banco se obliga a recibir dinero de su cuenta-habiente, a mantener el saldo de la cuenta a disposición de éste, y a pagar los cheques que el cliente libre con cargo al saldo de la cuenta. A la cuenta de cheques se le denomina en la práctica bancaria “cuenta corriente de cheques”, porque el cuenta-habiente hace entregas que se le abonan y libra cheques que se le cargan al ser pagados; por lo que la cuenta tiene una secuencia indefinida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario