kmila
miércoles, 6 de mayo de 2009
¿PARA QUE SIRVE EL RUT?
Tratándose de nuevos obligados, la inscripción deberá efectuarse en forma previa:
Al inicio de la actividad
Al cumplimiento de obligaciones administradas por la DIAN
A la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Entrada más reciente
Entrada antigua
Inicio
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario